Normas de importación · América

Estados Unidos: normas de importación de embalajes de madera

Estados Unidos: estado de la NIMF 15 para palés y cajas, tratamientos aprobados, autoridad fitosanitaria, medidas de palé habituales y puertos principales.

Última comprobación: 2026-10
NIMF 15 en importaciones
Obligatoria
En vigor desde
2005
Tratamientos
HT, MB, DH, SF (métodos de la NIMF 15; el USDA APHIS enumera los tratamientos aceptados y el formato del sello)
Autoridad fitosanitaria
USDA APHIS Plant Protection and Quarantine [Protección Vegetal y Cuarentena del USDA APHIS]; inspección fronteriza a cargo de los especialistas agrícolas de la CBP
Medidas de palé habituales
Palé GMA de 48 × 40 pulgadas (1219 × 1016 mm)
1200 × 1000 mm
Palés para bidones y especiales de 42 × 42 y 48 × 48 pulgadas
40 × 48 pulgadas con existencias en pool de CHEP y PECO
Puertos principales
Los Angeles / Long Beach, New York / New Jersey, Savannah, Houston

Resumen

Estados Unidos regula el embalaje de madera mediante 7 CFR 319.40-3, bajo la administración del USDA APHIS Plant Protection and Quarantine. Los palés, cajas y calzos importados deben estar tratados conforme a la NIMF 15 y llevar la marca de la CIPF, que incluye el código de país, un número de productor o de proveedor del tratamiento y el símbolo del tratamiento. La aplicación de la NIMF 15 en EE. UU. comenzó en 2005, y desde entonces el APHIS ha ido endureciendo las normas sobre las marcas. Los especialistas agrícolas de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) realizan la inspección física en las entradas marítimas, aéreas y terrestres por cuenta del APHIS. Si llega un envío con madera sin marca o infestada, la consecuencia habitual es que toda la remesa se rechaza, se reexporta o se trata a costa del importador, y los hallazgos reiterados pueden dar lugar a una mayor inspección de la carga del mismo exportador. El embalaje de madera procedente de Canadá está exento, lo que mantiene fluido el comercio norteamericano, mientras que las mercancías de México deben cumplir la NIMF 15 como las de cualquier otro origen. El mercado de palés es el más normalizado del mundo: el palé GMA de 48 × 40 pulgadas es la plataforma dominante en alimentación y bienes de consumo, y el de 1200 × 1000 mm es habitual en importaciones y exportaciones. El alquiler en pool está consolidado, con los palés azules de CHEP y los rojos de PECO muy extendidos en las cadenas de suministro de distribución y alimentación, junto a un mercado muy amplio de palés nuevos y reciclados de madera blanca. Muchos importadores exigen que el palé lleve el sello de la NIMF 15 incluso para uso nacional, de modo que las mercancías puedan reexportarse sin nuevo tratamiento.

Puntos clave

  • La norma figura en 7 CFR 319.40-3; los especialistas agrícolas de la CBP inspeccionan en la frontera por cuenta del APHIS
  • El embalaje de madera procedente de Canadá está exento cuando se origina allí y circula entre ambos países
  • El embalaje de madera no conforme se rechaza, se reexporta o se trata, y lo paga el importador
  • La detección de plagas en embalaje de madera conlleva una inspección intensificada de la carga de ese exportador

Preguntas frecuentes

¿Exige Estados Unidos la NIMF 15 para los palés de madera?

Sí. El embalaje de madera importado debe estar tratado y llevar la marca de la CIPF. El embalaje de madera originario de Canadá está exento.

¿Quién inspecciona el embalaje de madera en los puertos de EE. UU.?

Los especialistas agrícolas de la CBP inspeccionan por cuenta del USDA APHIS. El APHIS fija las normas y se ocupa de la política de tratamiento y de control del cumplimiento.

¿Qué pasa si un palé no supera la inspección en EE. UU.?

El envío puede ser rechazado, reexportado o tratado antes de su liberación. El importador asume los costes, y los casos reiterados pueden dar lugar a un control más estricto.

Fuentes

  1. USDA APHIS – Import ISPM 15-Compliant Wood Packaging Material into the United States
  2. USDA APHIS – Countries That Require ISPM-15 Compliant Wood Packaging

Las normas de importación cambian. Confirme los requisitos vigentes con la organización nacional de protección fitosanitaria o con su importador antes de enviar la mercancía. Esta página es información general, no asesoramiento jurídico.